Los abogados del expresidente Ollanta Humala solicitaron formalmente al Poder Judicial su inmediata liberación, luego que el fallo del Tribunal Constitucional anulara todo el proceso penal por presunto lavado de activos por aportes al Partido Nacionalista.
Los abogados del expresidente Ollanta Humala solicitaron formalmente al Poder Judicial su inmediata liberación, luego que el fallo del Tribunal Constitucional anulara todo el proceso penal por presunto lavado de activos por aportes al Partido Nacionalista.
El pedido fue presentado mediante un escrito ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional por los abogados Wilfredo Pedraza y Edinson Huamán tras la notificación oficial de la sentencia del Tribunal Constitucional que anula todo el proceso penal seguido contra el exmandatario por el presunto delito de lavado de activos agravado y organización criminal.
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La defensa legal exige que se cumpla el mandato del máximo intérprete de la Constitución en sus propios términos y con la celeridad que amerita un caso de libertad personal. Los letrados argumentaron que la ejecución de esta sentencia no requiere de audiencias adicionales ni de traslados previos a las demás partes procesales, debido a que el beneficiario se encuentra plenamente individualizado y el proceso materia de nulidad ha sido especificado por el colegiado.
Los abogados también han solicitado que se cursen los oficios correspondientes al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para concretar la salida del exjefe de Estado de su centro de reclusión. Asimismo, el pedido incluye la anulación de los antecedentes penales, judiciales y policiales generados, además del borrado de los registros en las plataformas digitales de la Policía Nacional y el Ministerio Público vinculados a este proceso penal.
Sentencia del Tribunal Constitucional a favor de Ollanta Humala
Esta solicitud ocurre en el marco del fallo del Tribunal Constitucional emitido el pasado 15 de julio, el cual declaró fundada la demanda de habeas corpus a favor de Ollanta Humala que determinó la nulidad absoluta de la sentencia condenatoria de quince años de prisión impuesta en abril de 2025, así como de todas las actuaciones judiciales derivadas de las investigaciones fiscales por presuntos aportes irregulares de campaña.
La resolución del Tribunal Constitucional fundamenta su decisión en la acreditación de la vulneración de los principios de legalidad y tipicidad penal. Según el fallo aprobado por mayoría, los hechos imputados referidos a la recepción de fondos para financiamiento partidario no estaban tipificados como delito de lavado de activos en la legislación peruana durante los años 2006 y 2011.
El colegiado concluyó que la modalidad de receptación patrimonial recién fue incorporada al ordenamiento jurídico nacional en noviembre de 2016 mediante el Decreto Legislativo 1249. Por tanto, la corte determinó que aplicar esta norma de forma retroactiva constituye una infracción constitucional, dejando sin sustento jurídico la acusación fiscal sobre la conversión de activos provenientes de fuentes extranjeras durante los procesos electorales investigados.
Actualmente, el exmandatario permanece recluido en el establecimiento penitenciario de Barbadillo.












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