Abogado de bonistas de la deuda agraria: “En las próximas semanas debe estar aprobado y publicado el nuevo reglamento del MEF”

Mario Seoane, abogado y asesor legal de la Asociación de Bonistas de la Reforma Agraria, señaló el avance que hay en el proceso para que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realice el pago de la deuda histórica por la expropiación de hectáreas en el marco de la reforma agraria en la época de Velasco. Recordó que el fallo del Tribunal Constitucional de enero contempla incluir a los afectados en la reforma que también aplicó Fernando Belaúnde.

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Hace un par de semanas se informó el pedido del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para extender por 15 días el plazo que dictó el Tribunal Constitucional (TC) para publicar el decreto supremo con la actualización de la metodología y el nuevo proceso para el registro y pago de los bonos de la deuda agraria. También se señaló que el expediente del caso aún estaba en el TC, ¿ha llegado información sobre nuevos avances?

Hay que aclarar que la sentencia tiene dos mandatos: uno ordenando que se anule una resolución de la Sala Civil de Lambayeque que había determinado aprobar el decreto supremo 242-2017-E. Entiendo que esa parte de la resolución tiene que ir a la Sala de Lambayeque para su cumplimiento.

La otra parte de la sentencia (del TC) es un mandato directo dirigido al MEF donde el TC le ordena dictar una nueva fórmula y también reabrir el procedimiento administrativo de pago cuya vigencia venció en el 2019. Ahí no tiene nada que ver el expediente. El mandato del tribunal al MEF para que emita el reglamento tuvo un plazo que está vencido y por esa razón el MEF solicita al TC que le dé una prórroga. Esta última solicitud es positiva, porque es un reconocimiento del MEF a la autoridad del tribunal y una comunicación de que el reglamento se va a dar de todas maneras.

¿Cuándo se podría llegar a emitir este decreto con la actualización de la metodología y el nuevo proceso?

Yo creo que en las próximas semanas debe estar aprobado y publicado.

Deuda agraria.

Deuda agraria.

¿Podría haber alguna demora nuevamente?

El MEF tiene un procedimiento de pago de los bonos agrarios que data desde el 2014. Ya tiene tiempo conociendo el tema. También el plazo de 15 días adicionales no es muy extenso. Lo que tiene que hacer, en realidad, es modificar la fórmula y tener en cuenta algunos otros aspectos de la sentencia.

¿Qué también se puede saber sobre el otro avance de la sentencia?

El pronunciamiento de la Corte de Lambayeque afecta o beneficia exclusivamente al bonista que presentó la demanda de amparo [a esa resolución], donde estableció la fórmula del decreto 242-2017-E y ahí salía [un pago de] cero soles.

Lo que ahora va a tener que hacer la Sala Civil es declarar nula la resolución y ordenar que en ese proceso se lleve a cabo la actualización del justiprecio en base a los criterios establecidos por el TC.

Para los demás casos de bonos agrarios, el TC ha dictado una fórmula definitiva. Otro punto dispuesto es que si el MEF aplica una fórmula distinta a la del TC, el tribunal puede ordenar que un perito confirme la fórmula que estableció esta entidad.

¿Qué considera que se deba contemplar en este nuevo proceso de pago?

Sugiero que el procedimiento tiene que ser bastante célere, tomando en cuenta que los afectados han esperado más de 50 años para el cobro de sus acreencias. Como estableció el TC en una resolución del 2013, las personas mayores de 70 años deben tener prioridad para el cobro de su bono, lo que implica que los procedimientos para ellos deberían de ser prioritarios.

En cuanto a la forma de pago, el TC confirmó los criterios establecidos en esta resolución del 2013, que son en efectivo, en bonos, en tierra o en créditos de inversión.

Ahí la decisión ya no queda en manos del MEF.

El decreto supremo 242-2017-E había establecido que el bonista podía escoger las opciones de pago, pero el MEF era quien tenía la última palabra. La sentencia reciente corrige esa situación: el bonista escoge la forma de pago y el MEF debe acatarla.

Disputa por los bonos agrarios.

Disputa por los bonos agrarios.

¿Cuánto podría llegar a ser el monto de la deuda y sus beneficiarios?

En la Asociación de Bonistas de la Reforma Agraria hemos calculado aproximadamente S/3.000 millones el monto actual de la deuda. Es inferior a la aprobada en el caso de Fonavi, de S/6.000 millones.

También el TC dijo que la deuda de la reforma agraria es una deuda social y ha considerado, para efectos del reglamento, que se debe tomar en cuenta los bonos emitidos bajo la reforma de Fernando Belaúnde y bajo la de Juan Velasco. En el decreto anterior el MEF consideró los bonos de la norma de Velasco.

Los bonos en la reforma de Belaúnde no son muy representativos, pero también tienen que considerarlos.

Siendo así, ¿cuántos llegan a ser los bonistas a quienes se les pagarán esta deuda histórica?

En más de 50 años el número de bonistas se ha incrementado, porque han fallecido y quedaron los hijos y herederos. Estos bonos también fueron entregados a trabajadores de las empresas. Hemos calculado más o menos 300.000 personas.

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