Unas de cal y otras de arena

Imagina que abres el aplicativo de tu banco y tus cuentas aparecen embargadas. No debes nada, pero cometiste un error de tipeo en tu declaración del IGV y el dinero ya no se mueve. No puedes pagar planilla ni proveedores; no hay negocio.

Le pasó a Luz, empresaria textil, por un error en el IGV de marzo del 2025: declaró un monto por pagar que no existía. Y el sistema hizo lo que sabe hacer: si declaras una deuda y no la pagas, se emite una orden de pago exigible al día siguiente de notificada. La máquina no pregunta si te equivocaste. Embarga. Ese es el diseño: frío, veloz, eficiente.

Aquí casi siempre termina la historia. Esta vez no. Luz reclamó a tiempo, dentro de los 20 días hábiles que prevé el Código Tributario, y usó una puerta que pocos abren: el artículo 119. La norma dice que, cuando hay señales de que el cobro podría ser improcedente, el ejecutor coactivo puede suspenderlo. Puede. No está obligado. Y ahí está la trampa: la mayoría se encoge de hombros –“la orden es exigible y punto”– y sigue de largo.

Este ejecutor no. Aceptó una cita. Escuchó. Revisó los papeles y entendió lo que ningún algoritmo iba a entender: que esa deuda no existía. Suspendió el cobro, liberó las cuentas y salvó el negocio.

Hizo su trabajo. Y por eso hoy parece un héroe.

Ese es el problema de fondo. En un país que reserva el heroísmo para quienes mueren en el mar o se lanzan desde un morro, tenemos un nuevo héroe cuyo acto de valentía fue… aplicar bien la ley.

Que hacer lo correcto sea noticia dice más del sistema que del funcionario. Y para medir cuánto vale lo que hizo, basta mirar la otra cara.

Una empresa que fabrica prelosas de concreto decidió formalizar a sus proveedores más chicos: los que arman las mallas de acero dentro de su propia planta. Les pidió sacar RUC, firmar contrato, emitir factura. Los formalizó.

¿La recompensa? Una fiscalización. La Sunat revisó su IGV de enero a junio del 2023 y le observó más de 164.000 soles de crédito fiscal, repartidos entre 20 proveedores, por operaciones que llamó “no reales”. Porque, a su criterio, la empresa no probó lo suficiente, aunque principalmente cuestionaba obligaciones de los proveedores (trabajadores fuera de planilla y llenado correcto de guías de remisión cuando no había traslado). Y eso, a pesar de que la propia Sunat visitó la planta y entrevistó a los proveedores y a sus trabajadores.

Seamos justos. La evasión existe y las facturas falsas le cuestan miles de millones al país; nadie quiere una Sunat que mire para otro lado. Pero decir que veinte proveedores son fantasmas porque “no declararon trabajadores en planilla” no prueba que sean falsos: prueba que son pequeños. El propio Tribunal Fiscal ya lo advirtió en la RTF 06440-5-2005: lo que haga mal tu proveedor no se te carga de manera automática a ti.

El caso sigue abierto; la empresa ya presentó sus descargos. Pero el mensaje es demoledor: si formalizar termina en un reparo, ¿para qué formalizar a nadie?

Dos historias, una misma Sunat. En la primera, alguien usó el criterio que la ley le daba para acercarla a la justicia. En la segunda, nadie se atrevió.

No necesitamos más héroes, simplemente que la justicia tributaria sea la regla.

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