El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro admitió a trámite la tacha presentada contra la candidatura de Daniel Urresti para la Alcaldía de Lima por el partido Podemos Perú, en el marco de las elecciones regionales y municipales 2026.
Según la Resolución N° 05087-2026-JEE-LICN/JNE, la tacha fue presentada por la ciudadana Genoveva Mundaca Chávez, que cuestiona la candidatura de Urresti Elera alegando presuntas infracciones a la Constitución Política, a la Ley de Organizaciones Políticas, al Reglamento Electoral de la organización política y a las normas que regulan la democracia interna.
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“Asimismo, se verifica que adjunta los medios probatorios que sustentan su pretensión y el comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente”, indicó el colegiado en el documento, que lleva como fecha 2 de agosto.
Por ello, decidió correr traslado del escrito de tacha y sus anexos al personero legal de Podemos Perú, para que, dentro del plazo de un día, contado desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución, presente los descargos pertinentes.
Resolución del JEE de Lima Centro sobre Daniel Urresti.
El último lunes 3 de agosto el personero legal de Podemos Perú presentó los descargos señalando que en ningún momento Daniel Urresti ocultó información, por el contrario, “amparándose en el principio de máxima transparencia electoral”, decidió colocar la sentencia anulada en su contra por el Tribunal Constitucional (TC).
“Por consiguiente, al momento del cierre de la DJHV, el candidato no registraba pena ni condena vigente, estando jurídicamente eximido de declarar una resolución que fue declarada nula y dejada sin efecto legal por mandato constitucional”, acotó.
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Como se recuerda, en febrero pasado el TC declaró nula la sentencia de 12 años de prisión dictada contra el exministro del Interior por el asesinato del periodista Hugo Bustíos y ordenó su inmediata libertad.
Urresti Elera había sido condenado por el delito de asesinato bajo la circunstancia agravada de alevosía por la ejecución extrajudicial de Bustíos Saavedra, ocurrida el 24 de noviembre de 1988.
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El personero legal de Podemos Perú también señaló que respecto a la querella interpuesta por Rodrigo Pelagio Prada Vargas en contra de Urresti, detalla que una resolución del 17º Juzgado Penal para Reos Libres declara que se ha cumplido con la pena, pagado la reparación civil y la rehabilitación del candidato.
“Motivo por el cual se encuentra formalmente rehabilitado con años de anterioridad, la condena no genera impedimento alguno, conforme a la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N° 26859) y la Ley de Elecciones Municipales (Ley N° 26864). Por ende, consignar dicha sentencia como ‘rehabilitado’ en la DJHV no constituye omisión ni falsedad”, subrayó.
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Por ello, el personero legal de Podemos Perú enfatizó que son “totalmente falsos” los argumentos expuestos por Genoveva Mundaca Chávez, pues, desde su punto de vista, “no existe ningún fundamento de hecho y derecho que impida la candidatura de Daniel Belizario Urresti Elera”.
“Motivos por los cuales respetuosamente se solicita se tenga por absuelta la tacha interpuesta y en su oportunidad declararla infundada en todos sus extremos, disponiendo la continuidad de la candidatura en el presente proceso electoral”, sentenció.












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