Teletrabajo: estas son las nuevas reglas sobre actividades personales durante la jornada laboral

El gobierno publicó el decreto supremo 009-2026-TR, que modifica el reglamento de la Ley n. 31572, Ley del Teletrabajo. Los cambios se concentran en los artículos 7, 12, 21, 26 y 27; además de la incorporación del artículo 10-A.

Según el estudio Echecopar, los principales cambios incorporan reglas sobre la realización de actividades particulares durante la jornada de teletrabajo y sus eventuales consecuencias disciplinarias; precisiones sobre el cambio del lugar habitual de teletrabajo; mayores reglas para la identificación y evaluación de riesgos en materia de seguridad y salud en el trabajo.

También agregan la obligación de incluir medidas de seguridad para el manejo de documentación confidencial dentro del contenido mínimo del acuerdo de teletrabajo y nuevas reglas sobre las pausas activas y las obligaciones del teletrabajador en materia de SST.

Conozca los cambios a detalle:

Ccantu Osorio, asociada senior del área Laboral del Estudio Olaechea, consideró que dichos cambios atienden vacíos interpretativos que la ley original dejaba abiertos y que, en la práctica, podría generar inseguridad jurídica para ambas partes de la relación laboral.

Por su parte, Mónica Pizarro, socia de Echecopar, consideró que la regulación interviene directamente en la gestión de esta modalidad de trabajo, haciéndola más estricta.

Para Brian Ávalos, Socio de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, la modificación también genera predictibilidad al trabajador respecto a las posibles sanciones que podría imponer el empleador si no cumple con su prestación.

Un hombre disfruta de un café mientras trabaja en su computadora portátil en una cafetería de la ciudad. (iStock)

Un hombre disfruta de un café mientras trabaja en su computadora portátil en una cafetería de la ciudad. (iStock)

/ Gorica Poturak

Con estas modificaciones, las empresas deberían revisar y actualizar diversos aspectos como contratos y acuerdos de teletrabajo, procedimientos internos para el reporte de problemas de conectividad o fallas técnicas, protocolos sobre cambio de domicilio e incluso su reglamento interno, refieren desde Echecopar.

“En términos prácticos, el principal reto será documentar adecuadamente estos procesos para acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la norma”, comenta Pizarro.

¿Tu empresa debe hacer teletrabajo por la crisis del gas? La respuesta del MTPE | Foto: Freepik

¿Tu empresa debe hacer teletrabajo por la crisis del gas? La respuesta del MTPE | Foto: Freepik

El estudio Payet coincide en que las empresas deberían suscribir un nuevo acuerdo de teletrabajo, adenda o adecuación a la nueva norma, donde se detalle el tema de las actividades particulares, aplicación de la norma y documentos, pausas activas. Asimismo, se deberá incluir temas relacionados a las normas de seguridad y a las modificaciones para la identificación de los riesgos en materia de seguridad y salud en el trabajo.

El MTPE exhortó a las empresas a priorizar el teletrabajo y aplicar medidas alternativas para garantizar la continuidad de las actividades laborales. Foto: Andina.

El MTPE exhortó a las empresas a priorizar el teletrabajo y aplicar medidas alternativas para garantizar la continuidad de las actividades laborales. Foto: Andina.

Por su parte, desde el estudio Olaechea, resaltan el valor del plano contractual, pero también destacan las acciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. Aquí es indispensable, menciona Ccantu, verificar que la matriz IPERC contemple con suficiente énfasis los riesgos específicos del teletrabajo identificados por el D.S. N° 009-2026-TR, y que los demás documentos de gestión de SST reflejen de manera expresa las medidas de prevención y protección aplicables a esta modalidad, así como los procedimientos internos que deben vigilarse. Si bien esta obligación ya existía con anterioridad, la nueva norma la recoge de forma explícita, lo que refuerza su exigibilidad ante la autoridad inspectiva.

Los expertos refirieron que los cambios aplican a todos los trabajadores; es decir, a quienes venían realizando el teletrabajo como a los que lo adoptarán en un futuro.

“Recomendamos que se precisen los temas de sanciones disciplinarias sobre la desconexión por actividades particulares y el mecanismo que debe seguir los trabajadores para informar y solicitar el permiso respectivo”, agregó Ávalos, de Payet.

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