
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) solicitó de forma excepcional un plazo adicional de 15 días al Tribunal Constitucional (TC) para publicar el decreto supremo con la nueva metodología de actualización y el nuevo proceso administrativo de registro y pago de los bonos de la reforma agraria.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) solicitó de forma excepcional un plazo adicional de 15 días al Tribunal Constitucional (TC) para publicar el decreto supremo con la nueva metodología de actualización y el nuevo proceso administrativo de registro y pago de los bonos de la reforma agraria.
Como se recuerda, en enero de este año el TC ordenó al MEF publicar en un plazo de 60 días el mencionado decreto.
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El expediente aún se encuentra en el Tribunal Constitucional y no ha sido enviado al órgano jurisdiccional competente para que sea ejecutado.
Además, se han realizado acciones inmediatas como la instalación de un equipo técnico especializado, las labores para elaborar el proyecto normativo y el requerimiento de opiniones técnicas especializadas, sostiene el documento.
El MEF reconoce que esta labor también implica desarrollar un procedimiento técnico y normativo complejo, por lo que les sería insuficiente el espacio de 60 días para garantizar un cumplimiento idóneo. Según la misiva, se debe garantizar la consistencia metodológica, la trazabilidad, sostenibilidad fiscal y un análisis exhaustivo para que el decreto sea aplicado de forma adecuada.
En ese sentido, el MEF ha expresado la necesidad –mediante una misiva– de contar con este plazo adicional, agregando que desde el ministerio no hay una renuencia para cumplir con la orden del TC.
En 1969 se dictó la Ley de Reforma Agraria en el gobierno militar de Juan Velasco Alvarado, lo que llevó a las expropiaciones de fundos y la entrega de bonos como indemnización a pagarse en plazos que llegaban hasta los 30 años.
Pese a haber pagos parciales, gran parte de estos bonos no había sido reconocido por el Estado y se había convertido en una deuda histórica.
Asimismo, el tipo de cambio aplicado por el MEF para el cálculo de los bonos terminaba siendo un pago menor o nulo al de los bonos entregados.














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